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Glosario de términos y diccionario legal

 

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A

Amonestación:
Declaración autoritaria hecha por el juez al jurado sobre su conducta como miembros de un jurado.
Anónimo:
Cuando la identidad de alguien se mantiene desconocida.
Apelación de un caso
Una apelación es una solicitud a una corte superior para que revise un fallo o veredicto en una acción de una corte inferior. Para los casos juzgados en una jurisdicción limitada (nivel municipal) (reclamos menores, civil limitado, retención ilícita, tránsito, delitos menores), la corte de apelación es la Corte Superior. Para los casos juzgados en una jurisdicción general (nivel superior) (civil general, derecho de familia, legalización de testamentos, menores, delitos mayores), la corte de apelación es la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito.
Comprobado:
Determinado; se ha probado que es cierto.

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B

Alguacil:
Un agente del Departamento del Alguacil que mantiene el orden en la sala de audiencias y la custodia del jurado. A veces también se le conoce como adjunto.
Más allá de toda duda razonable:
En un caso penal, la culpabilidad del acusado tiene que establecerse "más allá de toda duda razonable". La prueba más allá de una duda razonable es la prueba que lo deja con una firme convicción de que el cargo es verdadero.

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C

Código Laboral de California:
Conjunto de leyes relativas al amplio espectro de actividades que conciernen a la relación entre empleadores y empleados.
Reglas de la Corte de California:
Las reglas que regulan las prácticas y los procedimientos en la corte estatal.
Recusaciones:
La ley autoriza al juez y a los abogados a excusar del servicio a miembros individuales de un jurado en un caso particular por diversas razones. Si un abogado desea que se excuse a un miembro del jurado, tiene que usar una "recusación" para ese miembro del jurado. Las recusaciones, o razones para despedir a un miembro de un jurado, son de dos tipos:
  • Por causa: La ley establece una serie de razones por las cuales los miembros de un jurado pueden ser excusados "por causa". Por ejemplo, un miembro de un jurado que está emparentado o empleado por una de las partes del caso puede ser excusado por causa. No hay límite sobre la cantidad de recusaciones por causa que se pueden usar.
  • Sin causa: La ley establece una serie de razones por las cuales los miembros de un jurado pueden ser excusados "por causa". Por ejemplo, un miembro de un jurado que está emparentado o empleado por una de las partes del caso puede ser excusado por causa. No hay límite sobre la cantidad de recusaciones por causa que se pueden usar. La ley establece una serie de razones por las cuales los miembros de un jurado pueden ser excusados "por causa". Por ejemplo, un miembro de un jurado que está emparentado o empleado por una de las partes del caso puede ser excusado por causa. No hay límite sobre la cantidad de recusaciones por causa que se pueden usar.
Caso civil/demanda civil:
Una demanda civil se denomina caso civil cuando se trata de dos o más personas o corporaciones involucradas en una disputa que, por lo general, buscan un fallo que otorgue una indemnización por daños. Un caso civil es una acción iniciada para hacer cumplir, reparar o proteger derechos privados. Las acciones civiles incluyen:
  • Civil general (búsqueda de pago de daños superior a $25,000)
  • Civil limitado (búsqueda de pago de daños inferior a $25,000) Derecho de familia
  • Legalización de testamentos
  • Retención ilícita (disputas entre propietarios e inquilinos)
  • Reclamos menores (búsqueda de pago de daños inferior a $5,000)
Derecho común:
El cuerpo de derecho derivado de decisiones judiciales, más que de constituciones o estatutos.
Obligatorio:
Obligado; por mandato legal o por estatuto.
Constitución:
La ley fundamental de nuestra nación. Establece el carácter y la organización del poder soberano de Estados Unidos y la forma de ejercerlo. También, el documento que contiene las reglas y los principios rectores, las descripciones del poder del gobierno federal y los derechos esenciales de la población.
Controversia:
Desacuerdo o disputa que requiere una determinación definitiva sobre cómo se aplica la ley a los hechos que se afirman como ciertos.
Asesor legal:
Uno o más abogados que representan a un cliente.
Procesamiento penal/caso penal:
Acto de llevar a cabo un juicio penal, en el que el estado acusa a alguien de un delito. Un caso penal es una acción emprendida por el gobierno contra una persona que infringió la ley. Los casos penales se dividen en tres categorías principales: delitos mayores, delitos menores e infracciones

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D

Grado de prueba:
La cantidad de pruebas necesarias para probar un caso. En un caso penal, dicha prueba tiene que ir más allá de toda duda razonable. En los casos civiles, el estándar es la demostración por preponderancia de las pruebas.
Deliberaciones:
Tienen lugar después de un juicio, cuando el jurado entra en su sala privada asignada a reflexionar y debatir sobre las pruebas y los testimonios que le ayudarán a alcanzar un veredicto.
Veredicto dirigido:
Una vez presentadas las pruebas y si no queda ningún asunto de hecho para que el jurado determine, el juez le dirá al jurado qué veredicto tiene que emitir. El jurado tiene que emitir ese veredicto.
Descalificación (miembro del jurado)
: La condición de haber sido declarado no cualificado para prestar el servicio.

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E

Elegible/elegibilidad (para el servicio de jurado):
Toda persona que tenga al menos 18 años de edad, sea ciudadano de Estados Unidos y residente del condado respectivo, capaz de entender el idioma inglés, que no esté prestando servicio actualmente en ningún otro jurado y que no haya sido condenado por un delito mayor es elegible para fungir como miembro de un jurado (Código de Procedimiento Civil, sección 203).
Pruebas:
Cualquier tipo de prueba legal presentada en un juicio a través de testigos, registros o elementos probatorios.
Exenciones/excusas/aplazamientos (para el servicio de jurado):
Por ley, nadie que cumpla los criterios básicos queda automáticamente exento del servicio. La ley prevé excusas por dificultades. Las dificultades están definidas por la ley e incluyen la falta de transporte razonable, los desplazamientos excesivos, la carga financiera extrema, el riesgo indebido para la propiedad física, el deterioro físico o mental para los mayores de 70 años, la salud y la seguridad públicas, o la falta de cuidados alternativos para otra persona. Si cree que se encuentra en alguna de estas categorías, comuníquese con la oficina del jurado local. El aplazamiento puede estar disponible si tiene problemas de salud, unas vacaciones ya pagadas u otros compromisos personales que no se pueden reprogramar en el momento en que se le llama inicialmente. Si ya ha recibido un aplazamiento en los últimos 12 meses, es probable que tenga que ir a la corte y hablar con un juez para retrasar aún más su servicio.
Elementos probatorios:
Documento u objeto material presentado e identificado en la corte como pruebas en un caso. Cada uno de estos documentos u objetos recibe normalmente una letra o número de identificación en secuencia alfabética o numérica cuando se presenta como prueba.

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F

Delincuente:
Persona condenada por un delito grave castigado con pena de prisión superior a un año.
Presidente del jurado:
A menudo llamado "miembro del jurado que preside". Al comienzo de las deliberaciones, el jurado vota para elegir a uno de sus miembros como presidente del jurado. La obligación del presidente del jurado es presidir y ver que la discusión durante las deliberaciones se lleve a cabo de manera libre y ordenada, que el caso y los asuntos se discutan plena y libremente, y que cada miembro del jurado tenga la oportunidad de participar en la discusión. Al concluir las deliberaciones, el presidente del jurado cuenta los votos, y llena y firma el formulario de veredicto.

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I

Imparcial:
Sin inclinaciones, prejuicios u otras ideas preconcebidas. Los miembros de un jurado no deben tener una opinión o un interés personal en un caso al comienzo del juicio y deben basar su veredicto únicamente en pruebas legales competentes presentadas durante el juicio.
Instrucción:
Las pautas dadas por el juez al principio y al final de un juicio que explican cuál es la ley del caso y cómo deben evaluar las pruebas los miembros del jurado.

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J

Grupo de jurados:
El grupo de posibles miembros de un jurado cualificados que se presentan para ser asignados a paneles de jurados de juicio.
Citación para jurado:
Los documentos enviados a los posibles miembros de un jurado que requieren su asistencia a la corte para un posible servicio en un jurado. Las cortes de California citan a los miembros del jurado a la corte no más de una vez en un periodo dado de 12 meses.
Selección del jurado:
El proceso mediante el cual se selecciona a miembros de un jurado para un juicio en particular a partir del grupo más grande de posibles miembros de un jurado citados a la corte. Una vez que los miembros de un jurado llegan a la sala de audiencias, el juez y los abogados les hacen preguntas con el fin de determinar si están libres de inclinaciones, prejuicios o cualquier otra cosa que pudiera interferir con su capacidad de ser justos e imparciales.
Caso de menores:
Los casos de menores son aquellos en los que están implicados menores de 18 años. Se dividen en dos categorías principales: Delincuencia de menores, para los menores que han infringido la ley, y Dependencia de menores, para los menores que han sido separados del hogar o del cuidado de sus padres o tutores.

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L

Litigantes:
Cualquier persona o grupo participante en una demanda.

O

Un día/un juicio:
Las cortes de California han adoptado el sistema de un día o un juicio. Un día o un juicio significa que los posibles miembros de un jurado tienen que ir a la corte una sola vez. Si no se le elije para un juicio, su periodo de servicio está completo durante un año. Si sirve en un jurado, no se le pedirá que se presente al servicio de jurado durante al menos otros 12 meses.

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P

Pendiente:
En proceso; aún no decidido.
Perjurio:
Una declaración falsa hecha deliberada y conscientemente estando bajo juramento en un proceso de la corte.
Encuestado/encuesta:
Se llama a los miembros del jurado y se les pide que digan cuál es su veredicto final antes de que se registre.
Aplazar:
Dejar para más tarde.
Aplazamiento:
Permiso para aplazar el servicio como miembro de un jurado para más adelante. Un aplazamiento puede estar disponible si tiene problemas de salud, unas vacaciones ya pagadas u otros compromisos personales que no se pueden reprogramar en el momento en que se le llama inicialmente para el servicio de jurado. Vea también exenciones/excusas.
Preponderancia de las pruebas:
Mayor peso de las pruebas o pruebas que son más creíbles y convincentes. Se refiere a la cantidad de pruebas requeridas para ganar un caso civil. Es ese grado de prueba que es más probable (estándar inferior al requerido en casos penales).
Propuesta:
Ofrecer para discusión o consideración.
Procesamientos:
Procesos legales penales.
Posible:
Probable que se produzca, se relacione o sea efectivo en el futuro.

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R

Reembolso:
Pago específico por gastos de bolsillo. Por ejemplo, la corte paga a los miembros del jurado el millaje, basado en los estándares del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés), (de ida) por el viaje.

S

Secuestro:
Un jurado secuestrado suele pasar la noche alojado en un hotel y tiene prohibido comunicarse con personas ajenas a la corte. El secuestro rara vez se produce y se hace para proteger a los miembros del jurado. Puede usarse para mantener a los miembros de un jurado alejados de los medios de comunicación durante un juicio controvertido en el que una amplia cobertura de los medios de comunicación podría influir en la decisión de un miembro del jurado. En casos raros, puede haber intentos de influir en la deliberación de los miembros de un jurado.
Lista de fuentes:
La lista o listas de las que se seleccionan los ciudadanos para recibir una citación para jurado en California. Los posibles miembros del jurado se seleccionan aleatoriamente de la lista de registro de votantes y de las listas de conductores del Departamento de Vehículos Motorizados.
Citatorio:
Un citatorio es una orden oficial para comparecer en la corte a una hora indicada. El uso más común del citatorio es citar a testigos a la corte con el fin de que testifiquen en un juicio.

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T

Testimonio:
Pruebas proporcionadas por un testigo bajo juramento.
Caso de tránsito:
Los casos de tránsito son aquellos en los que se han emitido citaciones por una infracción de las leyes de tránsito.

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U

Impedido para prestar servicio:
Si tiene problemas de salud, unas vacaciones pagadas u otros compromisos personales que no puedan reprogramarse en el momento en que se le llama inicialmente, es posible que se le conceda un aplazamiento. Si ya ha recibido un aplazamiento en los últimos 12 meses, es probable que tenga que ir a la corte y hablar con un juez para retrasar aún más su servicio.
Unanimidad:
Hay 12 personas en un juicio con jurado, excepto cuando las partes de casos civiles o de delitos menores acuerdan que puede haber menos de 12. Una decisión es unánime cuando todo el jurado de un caso penal o las tres cuartas partes del jurado de un caso civil acordaron el veredicto. Una vez alcanzado el veredicto, el jurado vuelve a la sala de audiencias. El veredicto tiene que estar por escrito, estar firmado por el presidente del jurado y ser leído al jurado por el secretario de la corte o el juez.

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V

Veredicto:
La decisión formal o conclusión hecha por un jurado, que fue constituido y prestó juramentado para el juicio de un caso, y reportada a la corte.
Voir dire:
Traducida del francés, la expresión legal significa "decir la verdad" o "verlos decir". El voir dire es el examen preliminar de los posibles miembros del jurado hecho por un juez o un abogado para decidir si esa persona puede prestar servicio en un jurado en particular.

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W

Testigo:
Persona que puede relatar de primera mano algo que vio, oyó o experimentó.

#

Enmienda 19:
"El Congreso tendrá el poder de hacer cumplir este artículo mediante la legislación apropiada". (Se agregó a la Constitución de EE. UU. en 1920.)

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