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Apelaciones

Corte de Apelaciones

La mayoría de las disputas legales en las que interviene la ley estatal inicialmente las deciden cortes de primera instancia o determinadas agencias administrativas. Después de tomar una decisión de este tipo, una parte puede solicitar la revisión de apelaciones del fallo si considera que la corte de primera instancia o la agencia administrativa cometieron un error de derecho que la perjudicó.

La información contenida en esta página no se aplica a las apelaciones de un fallo de tránsito de reclamos menores.

En los casos que no sean apelaciones de pena de muerte, reclamos menores o tránsito, la parte solicita la revisión de apelaciones en la corte de apelación. Después de que la corte de apelación haya tomado su decisión, la parte puede solicitar la revisión en la Corte Suprema de California. Las apelaciones de pena de muerte solo las resuelve la Corte Suprema.

Cada año se apelan miles de casos en California.

Estos incluyen condenas penales; casos civiles relacionados con lesiones, contratos, empleo, bienes inmuebles, legalización de testamentos, disolución de matrimonio, custodia de los hijos y muchos otros asuntos, y asuntos administrativos, como compensación de trabajadores. En la gran mayoría de estos casos, la decisión de la corte de apelación es final. La Corte Suprema solo concede la revisión de algunas decisiones de la Corte de Apelación cuando es necesario para resolver cuestiones de derecho nuevas o disputadas.

Procesos de la Corte de Apelaciones

Los procesos de la corte de apelaciones son muy diferentes a los de las cortes de primera instancia. En las cortes de primera instancia, un juez o jurado oye el testimonio de los testigos, revisa las pruebas físicas, los elementos probatorios y los documentos, aplica la ley y llega a una decisión. Las cortes de apelaciones, por otra parte, no deciden una apelación tomando nuevas pruebas o evaluando de nuevo la credibilidad de los testigos que testificaron en la corte de primera instancia. Más bien, revisan el acta escrita para determinar si la corte de primera instancia interpretó adecuadamente la ley y utilizó los procedimientos correctos al considerar el caso.

Para garantizar que los casos se examinen desde varias perspectivas, cada caso de la Corte Suprema es oído por los siete jueces de la alta corte, mientras que cada caso de la corte de apelación es considerado por un panel de tres jueces. Los jueces de la Corte Suprema y la corte de apelaciones son asistidos en su revisión por los argumentos escritos y orales de las partes. Para decidir un caso en cualquiera de las dos cortes, la mayoría de los jueces tiene que estar de acuerdo.

Todos los jueces están comprometidos a aplicar la ley, estén o no personalmente de acuerdo con ella. Los jueces no pueden sustituir por sus propias ideas lo que debe ser la ley, sino que están comprometidos por las constituciones federal y estatal, los estatutos y otras reglas y regulaciones legisladas por quienes tienen autoridad para hacerlo, incluidos la legislatura estatal y los votantes por iniciativa. Los jueces tienen que hacer cumplir todas las leyes sin dejarse influir por la opinión pública. El Código de Ética Judicial exige que todos los jueces "sean fieles a la ley independientemente de intereses partidistas, del clamor público o del temor a la crítica..." El sistema de elección por retención, adoptado por los votantes de California como parte de la Constitución del estado, está diseñado específicamente para fomentar la independencia de los jueces frente a presiones externas indebidas.

Por lo general, la Constitución de California exige que las cortes de apelaciones decidan un caso en una opinión escrita que establezca los hechos y las reglas de derecho sobre las que se toma la decisión. Por mandato constitucional, la decisión tiene que dictarse en un plazo de 90 días a partir de que el caso haya sido admitido a trámite o, de lo contrario, los jueces que lo hayan atendido no podrán percibir su sueldo.

Opiniones de apelaciones publicadas

Se publican opiniones de apelaciones importantes en libros de derecho y por medios electrónicos, que están a disposición de jueces, abogados, el público y los medios de comunicación. Tales opiniones se convierten en reglas de derecho, que gobernarán futuras disputas.

En 1996-1997, 18,802 casos penales, de menores y civiles fueron notificados para apelación. Durante el mismo periodo, las cortes de apelaciones confirmaron el 95 por ciento de los casos penales y de menores, y el 76 por ciento de los casos civiles que atendieron. Cuando una corte de apelaciones revoca, casi siempre permite que la corte de primera instancia vuelva a atender el caso utilizando la ley y los procedimientos correctos. Antes de presentar una apelación, debe leer atentamente esta información. Usted es responsable de preparar todos los documentos y hacer cualquier investigación legal que considere necesaria. El secretario no puede ofrecerle asesoría legal sobre ningún asunto ni aconsejarle sobre el contenido de los documentos requeridos.

Cuando usted hace una apelación

Cuando usted hace una apelación, está pidiendo a la corte de apelaciones que revise una decisión del juez de primera instancia porque usted no está de acuerdo con ella. La corte no puede revisar cuestiones de hecho. Solo puede decidir si hubo un error de derecho lo suficientemente grave como para haberle impedido tener un juicio justo.

La corte de apelaciones no puede volver a juzgar el caso. No se puede oír a ningún testigo y la corte no puede considerar ninguna prueba que no se haya presentado en el juicio. No puede considerar pruebas contradictorias ni optar por creerle a usted en lugar de a los demás testigos. Las determinaciones del juez de primera instancia sobre la credibilidad y las contradicciones de las pruebas son vinculantes en la corte de apelaciones. La corte de apelaciones solo puede examinar el acta en apelación y decidir si la decisión del juez de primera instancia del caso está respaldada por pruebas sustanciales.

Las cosas que tiene que hacer para asegurarse de que su apelación será atendida están en las Reglas de la corte de California (en inglés), las reglas 101 a 108 de California se aplican a todas las apelaciones. Las reglas 121 a 144 se aplican a las apelaciones civiles, y las reglas 182 a 191 se aplican a las apelaciones de infracciones de tránsito y casos penales. Si no sigue cuidadosamente las reglas, puede perder la oportunidad de que se considere su apelación.

Todos los documentos presentados en la corte tienen que ser entregados legalmente a la parte contraria o a su abogado y tienen que ir acompañados de una prueba de entrega legal válida.

El acto más importante en una apelación es presentar el aviso de apelación por escrito. Este aviso tiene que presentarse en la unidad de Apelaciones antes de que finalice el plazo. Hay muchos límites de tiempo y regulaciones para proceder con una apelación. Lea las Reglas de la corte de California para verificar que cumple con los plazos para cada paso. El incumplimiento de algunos límites de tiempo puede dar lugar a la desestimación de su apelación.

Nota: Si no presenta el aviso de apelación a tiempo, la corte de apelaciones no podrá considerar su caso.

Visite nuestra página Preguntas frecuentes para obtener más información.

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